"Doctor, dígame en pesos cuánto me ahorro." Esa pregunta directa la escucho cada año cuando llega la temporada de inscripción al SIMPLE. La teoría está clara, pero hasta que no se ponen los números encima de la mesa, ningún empresario toma la decisión. Acá vamos a hacer exactamente eso: tres simulaciones con perfiles distintos, mostrando ingresos, costos, márgenes y carga tributaria final en pesos colombianos. Vas a ver dónde el SIMPLE gana, dónde pierde, y cuál es el famoso punto de quiebre que todo contador debería tener mapeado.
Las variables que mueven la decisión
Antes de los números, hay que entender qué variables empujan la cuenta para un lado o para el otro:
- Margen de utilidad. El SIMPLE grava ingresos brutos. El ordinario grava utilidad. A mayor margen, mejor el SIMPLE.
- Cantidad de municipios donde opera. El SIMPLE consolida ICA. El ordinario obliga a declarar municipio por municipio.
- Presencia de INC. Si tu cliente tiene bar o restaurante, el SIMPLE integra el INC en la misma declaración, pero no lo elimina: la tarifa del 8% se suma a la tarifa SIMPLE consolidada.
- Activos depreciables grandes. El ordinario permite descontar depreciación. El SIMPLE no.
- Pérdidas iniciales o años en pérdida. El ordinario permite compensar pérdidas. El SIMPLE no.
- Grupo CIIU del SIMPLE. Las tarifas varían entre 1,2% y 14,5% según el grupo.
Marco normativo aplicado
La comparativa parte de:
- Artículos 903 a 916 del Estatuto Tributario (modificados por la Ley 2010 de 2019, la Ley 2155 de 2021 y la Ley 2277 de 2022, con los ajustes de la Sentencia C-540 de 2023) que regulan el SIMPLE.
- Artículo 240 del Estatuto Tributario que fija la tarifa del 35% del impuesto de renta para sociedades.
- Acuerdos municipales de ICA, dentro de los rangos legales del 2 al 7 por mil para industria y del 2 al 10 por mil para comercio y servicios (art. 342 de la Ley 1819 de 2016). Bogotá tiene régimen especial y puede superar esos topes.
Caso 1: Tienda de barrio en Medellín
Perfil: Persona natural, una sola tienda, ingresos brutos $300.000.000 anuales. Costo de mercancía $210.000.000. Gastos operativos $45.000.000. Utilidad $45.000.000. Margen 15%. Grupo SIMPLE: 1.
Régimen Ordinario: - Renta sobre utilidad de $45.000.000 (persona natural, tabla del art. 241 ET): $0, porque $45.000.000 equivalen a unas 859 UVT de 2026, por debajo del tramo de 0% que llega a 1.090 UVT ($57.087.660). - ICA Medellín actividad comercial alrededor del 5 por mil sobre $300M: $1.500.000. - Total: cerca de $1.500.000.
Régimen Simple (Grupo 1, tarifa del 1,2% porque $300.000.000 equivalen a unas 5.728 UVT de 2026, dentro del rango de 0 a 6.000 UVT): - SIMPLE consolidado al 1,2% sobre el total de ingresos: $3.600.000. - Total: $3.600.000.
Resultado: El ordinario gana por amplio margen. La tarifa SIMPLE sobre ingresos castiga el bajo margen de tienda. Diferencia anual: $2.100.000 a favor del ordinario.
Caso 2: Consultora de servicios profesionales en Bogotá y Cali
Perfil: Sociedad jurídica, ingresos brutos $900.000.000 anuales. Costos y gastos $540.000.000. Utilidad $360.000.000. Margen 40%. Opera en dos municipios. Grupo SIMPLE: servicios profesionales, de consultoría y científicos.
Régimen Ordinario: - Renta al 35% sobre utilidad de $360.000.000: $126.000.000. - ICA Bogotá consultoría profesional al 8,66 por mil sobre $600M asignados: cerca de $5.196.000. - ICA Cali servicios, con una tarifa supuesta de 10 por mil (el máximo legal para servicios fuera de Bogotá; verifica la del acuerdo municipal) sobre $300M asignados: cerca de $3.000.000. - Total: aproximadamente $134.196.000.
Régimen Simple (servicios profesionales, tarifa del 12% porque $900.000.000 equivalen a unas 17.184 UVT de 2026, en el rango de 15.000 a 30.000 UVT): - SIMPLE consolidado al 12% sobre $900M: $108.000.000. - Total: $108.000.000.
Resultado: El SIMPLE ahorra cerca de $26.196.000 al año. El alto margen y la operación en varios municipios juegan a su favor.
Caso 3: Restaurante con tres puntos en Cartagena
Perfil: Sociedad jurídica, ingresos brutos $1.500.000.000 anuales. Costos y gastos $1.200.000.000. Utilidad $300.000.000. Margen 20%. Tres puntos en una misma ciudad. Grupo SIMPLE: expendio de comidas y bebidas. Responsable de INC al 8% sobre el consumo.
Régimen Ordinario: - Renta al 35% sobre utilidad de $300.000.000: $105.000.000. - INC al 8% sobre $1.500M: $120.000.000 (este es el más fuerte). - ICA Cartagena con una tarifa supuesta de 7 por mil (verifica la del acuerdo municipal) sobre $1.500M: $10.500.000. - Total: $235.500.000.
Régimen Simple (expendio de comidas y bebidas, tarifa del 4,0% porque $1.500.000.000 equivalen a unas 28.640 UVT de 2026, en el rango de 15.000 a 30.000 UVT; a esa tarifa se suma el 8% de INC, art. 908 par. 1 ET): - SIMPLE consolidado al 4,0% sobre $1.500M: $60.000.000. - INC al 8% sobre $1.500M, declarado dentro del SIMPLE: $120.000.000. - Total: $180.000.000.
Resultado: El SIMPLE ahorra $55.500.000 al año. El INC del 8% se paga igual en los dos regímenes; la diferencia sale de reemplazar la renta del 35% y el ICA por la tarifa SIMPLE del 4,0%.
Tabla resumen comparativa
| Perfil | Carga Ordinario | Carga SIMPLE | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Tienda margen 15% | $1.500.000 | $3.600.000 | -$2.100.000 (gana ordinario) |
| Consultora margen 40% | $134.196.000 | $108.000.000 | +$26.196.000 (gana SIMPLE) |
| Restaurante con INC | $235.500.000 | $180.000.000 | +$55.500.000 (gana SIMPLE) |
El punto de quiebre: cuándo cambia la cuenta
Para una sociedad de servicios profesionales, el punto de quiebre depende del rango de ingresos. Sin contar el ICA, es el margen en el que el 35% de renta sobre la utilidad iguala la tarifa SIMPLE sobre los ingresos: cerca del 21% de margen con la tarifa del 7,3% (6.000 a 15.000 UVT) y cerca del 34% con la del 12% (15.000 a 30.000 UVT). Por debajo de ese margen, el ordinario suele ganar. Por encima, el SIMPLE empieza a sacar ventaja.
Para tiendas y minimercados (Grupo 1) que son personas naturales, el ordinario se calcula con la tabla progresiva del art. 241 ET, cuyo primer tramo, hasta 1.090 UVT, tributa al 0%, así que con márgenes bajos el ordinario casi siempre gana: en el caso 1, el SIMPLE solo empezaría a convenir con un margen cercano al 23%, lo que es raro en ese sector. Por eso muchos tenderos siguen en el ordinario.
Para restaurantes y bares (grupo de expendio de comidas y bebidas), el INC del 8% se paga igual en los dos regímenes: en el SIMPLE se suma a la tarifa consolidada. La ventaja del SIMPLE depende de cuánto pese la renta del 35% sobre la utilidad frente a la tarifa SIMPLE del rango (3,1% a 4,5%).
Variables ocultas que la mayoría no calcula
- Costo de tiempo en cumplimiento. El SIMPLE simplifica el ICA: una sola declaración consolidada. El ordinario obliga a declarar municipio por municipio. Si tu cliente opera en 6 municipios, ese ahorro de tiempo vale plata real.
- Riesgo de exclusión. El SIMPLE exige ingresos brutos del año anterior inferiores a 100.000 UVT (art. 905 ET), y superar ese tope es una causal no subsanable. Si el cliente está cerca, una temporada buena puede dejarlo por fuera del régimen.
- Anticipos bimestrales. Bajo SIMPLE se pagan seis anticipos al año (las personas naturales con ingresos de hasta 3.500 UVT están exceptuadas y solo presentan la declaración anual). Bajo ordinario, la renta es anual (las personas jurídicas la pagan en dos cuotas y los grandes contribuyentes en tres), el IVA, si aplica, es bimestral o cuatrimestral, y la retención en la fuente, si se es agente de retención, se declara cada mes. El flujo de caja se afecta diferente.
- Renuncia voluntaria. Salir del SIMPLE solo aplica para el siguiente año (con excepciones). Hay que tener seguro lo que se decide.
Cómo SisteAcuse complementa la operación tributaria
Independiente de qué régimen elija tu cliente, los eventos RADIAN sobre las facturas electrónicas que recibe siguen importando: en compras a crédito o con plazo, el acuse de recibo (030) y el recibo del bien o servicio (032) son los que exige el art. 616-1 ET para que la factura soporte costos, deducciones e IVA descontable, y la aceptación expresa (033) permite que la factura circule como título valor. SisteAcuse aporta:
- Acusación masiva en lote de eventos 030, 032 y 033 para empresas con muchas facturas mensuales, típicas tanto del SIMPLE como del ordinario.
- Reportes en Excel (XLSX) que se cruzan con la contabilidad para revisar trazabilidad de eventos.
- Multi-empresa para contadores que llevan una mezcla de clientes SIMPLE y ordinarios y necesitan estandarizar la gestión RADIAN.
Próximos pasos
Si la simulación inclina la balanza al SIMPLE, lo siguiente es revisar las tarifas SIMPLE 2026 por actividad económica para confirmar el grupo correcto, y la guía de inscripción paso a paso: si tu cliente ya tiene RUT, el plazo para inscribirse va hasta el último día hábil de febrero. Si tu cliente es profesional liberal, no te pierdas el análisis dedicado para profesionales. Para la visión general, vuelve al pilar del Régimen Simple.