Respuesta corta: el acuse de recibo (030) confirma que recibiste la factura; el recibo del bien o servicio (032) confirma que recibiste la mercancía o el servicio; y la aceptación expresa (033) acepta el contenido de la factura como título valor. En compras a crédito o con plazo para el pago, el 030 y el 032 son los que exige el artículo 616-1 del Estatuto Tributario para que la factura soporte costos, deducciones e IVA descontable. La 033 tiene efectos comerciales y se hace dentro de los 3 días hábiles siguientes al recibo del bien o servicio.

Uno de los puntos de confusión más frecuentes entre las empresas colombianas es la diferencia entre los tres eventos RADIAN que causan ante la DIAN sobre cada factura electrónica recibida. Aunque son secuenciales, cada uno tiene un significado jurídico y tributario distinto que es importante entender para cumplir correctamente con la normativa.

Visión general de los 3 eventos RADIAN

Los tres eventos forman una secuencia lógica que refleja el ciclo de vida de una factura electrónica desde la perspectiva del receptor:

EventoCódigoSignificadoPlazo
Acuse de recibo030Confirma que la factura fue recibidaSin plazo propio en la norma; conviene hacerlo apenas llega la factura
Recibo del bien o servicio032Confirma que los bienes o servicios fueron recibidosCuando se reciban los bienes/servicios
Aceptación expresa033Acepta el contenido de la factura como título valor3 días hábiles desde el recibo del bien o servicio

Acuse de recibo (Evento 030) — "Recibí la factura"

El acuse de recibo es el evento más sencillo de los tres. Su único propósito es confirmar que el receptor tiene conocimiento de que le fue enviada una factura electrónica de venta. Es equivalente a firmar el recibido de una correspondencia — no significa que estés de acuerdo con el contenido, sino simplemente que lo recibiste.

¿Qué implica el acuse de recibo?

  • No implica conformidad con el contenido de la factura (montos, conceptos, condiciones).
  • No implica aceptación de la obligación de pago.
  • No implica que los bienes fueron recibidos — simplemente que el documento electrónico llegó.
  • No inicia el plazo para aceptar o reclamar: ese corre desde el recibo del bien o servicio (032).

¿Cuándo causarlo?

La normativa no le fija un plazo propio. Lo recomendable es causarlo lo antes posible, idealmente el mismo día de la recepción. En compras a crédito o con plazo para el pago, es uno de los dos mensajes (junto con el 032) que exige el artículo 616-1 del Estatuto Tributario para que la factura sirva como soporte de costos, deducciones e IVA descontable.

Recibo del bien o servicio (Evento 032) — "Recibí lo que me facturaron"

El recibo del bien o servicio va un paso más allá del acuse de recibo. Este evento deja constancia de que los bienes fueron entregados o de que el servicio fue prestado. No equivale a aceptar la factura: después del 032 todavía puedes reclamar (031) si lo recibido no corresponde a lo facturado.

¿Qué implica el recibo del bien?

  • Sí confirma la entrega de los bienes o la prestación del servicio, pero no impide reclamar después: el reclamo (031) exige precisamente que antes exista el 032.
  • No implica aceptación total de la factura — puedes haber recibido los bienes pero tener objeciones sobre el precio o condiciones.
  • Inicia el plazo de 3 días hábiles para causar la aceptación expresa o el reclamo (031).
  • Es el evento que más confusión genera porque muchas empresas no distinguen entre recibir la factura y recibir los bienes.

¿Cuándo causarlo?

Debe causarse cuando los bienes o servicios sean efectivamente recibidos. Si la factura se recibe antes de la entrega (como ocurre en pagos anticipados), el recibo del bien debe esperar hasta que la entrega se complete. Si los bienes se reciben el mismo día de la factura, puede causarse inmediatamente después del acuse de recibo.

Aceptación expresa (Evento 033) — "Acepto pagar esta factura"

La aceptación expresa es el evento con mayores implicaciones jurídicas. Se hace por medios electrónicos dentro de los 3 días hábiles siguientes al recibo de la mercancía o del servicio. Al causar este evento, el receptor reconoce formalmente:

  • Que la factura electrónica es correcta en su contenido.
  • Que acepta la obligación de pago en los términos establecidos.
  • Que la factura puede utilizarse como título valor (endosable, negociable).

¿La aceptación expresa tiene efectos tributarios?

No como requisito para soportar costos. El inciso 10 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario y el artículo 34 de la Resolución DIAN 000085 de 2022 (hoy artículo 1.5.4.9.1 de la Resolución 000227 de 2025) solo exigen, en compras a crédito o con plazo para el pago, que el comprador confirme el recibido de la factura (030) y de los bienes o servicios (032). La aceptación tiene efectos comerciales:

  • Deja la factura irrevocablemente aceptada: después ya no se pueden inscribir notas crédito ni débito (parágrafo 3 del artículo 2.2.2.53.4 del Decreto 1074 de 2015).
  • La aceptación, expresa o tácita, convierte la factura en un título valor según el Código de Comercio, que el emisor puede endosar o negociar con entidades de factoring.

El detalle tributario está en ¿es obligatorio el acuse de recibo?

¿Qué pasa si no acepto ni reclamo?

Si transcurren los 3 días hábiles desde el recibo del bien o servicio sin aceptación expresa ni reclamo, opera la aceptación tácita: la factura queda irrevocablemente aceptada, con los mismos efectos comerciales de la expresa. No la registras tú: el emisor deja constancia en el RADIAN con el evento 034, bajo la gravedad de juramento.

¿Cuándo reclamar en lugar de aceptar?

El reclamo (Evento 031), que en la práctica se conoce como rechazo de la factura, es la alternativa a la aceptación expresa. Debe usarse cuando:

  • Los bienes recibidos no corresponden a lo facturado (cantidades, especificaciones, calidad).
  • El servicio no fue prestado conforme a lo acordado.
  • Hay errores en la factura (NIT incorrecto, montos equivocados, IVA mal calculado).
  • La factura fue emitida sin que exista una relación comercial (en ese caso hay matices, porque el reclamo exige antes el 032; revísalos en la guía del evento 031).

El reclamo debe causarse dentro del mismo plazo de 3 días hábiles desde el recibo del bien o servicio, indicando la causal del reclamo. Si se vence el plazo, ya no es posible reclamar: la factura queda tácitamente aceptada. El paso a paso está en cómo rechazar una factura electrónica (evento 031).

Error común: causar los tres eventos al mismo tiempo

Aunque técnicamente es posible causar los tres eventos simultáneamente (y herramientas como SisteAcuse permiten hacerlo en un solo procesamiento), es importante entender que esto implica que estás confirmando al mismo tiempo que: (1) recibiste la factura, (2) recibiste los bienes, y (3) aceptas la obligación de pago.

Esto es perfectamente válido cuando:

  • Ya recibiste los bienes o servicios y estás conforme.
  • La factura es correcta en todos sus términos.
  • No tienes objeciones sobre precios, cantidades o calidad.

Sin embargo, no deberías causar los tres eventos simultáneamente si aún no has recibido los bienes o servicios, o si tienes dudas sobre la factura. En estos casos, causa primero el acuse de recibo y espera a recibir los bienes antes de causar los otros dos eventos.

Resumen comparativo

AspectoAcuse de reciboRecibo del bienAceptación expresa
Confirma recepción de la facturaSíNoNo
Confirma recepción de bienes/serviciosNoSíNo
Reconoce obligación de pagoNoNoSí
Necesario para soportar costos e IVA en compras a crédito (art. 616-1 E.T.)SíSíNo
Deja la factura aceptada como título valorNoNoSí (o la aceptación tácita)
PlazoSin plazo propioAl recibir bienes o servicios3 días hábiles desde el 032

Entender estas diferencias es fundamental para causar cada evento en el momento correcto y cumplir con la normativa tributaria colombiana sin exponer a tu empresa a riesgos innecesarios.