El código CIIU es el ADN tributario de cada empresa para efectos del ICA. Una clasificación equivocada cambia la tarifa, cambia la base de retención, cambia el formulario que debe presentar y, sobre todo, cambia el riesgo de fiscalización. La DIAN adoptó la Clasificación Industrial Internacional Uniforme revisión 4 adaptada para Colombia (CIIU Rev. 4 A.C.) con la Resolución 000114 de 2020, que remite a la Resolución DANE 0549 de 2020 y hoy está compilada en la Resolución DIAN 000227 de 2025 (art. 1.1.5.1), y los municipios la utilizan como puerta de entrada al catálogo tarifario propio. Esta guía aterriza la tabla por grupos, los casos ambiguos y la regla práctica para resolver dudas frente a un cliente nuevo.

Qué es el CIIU y para qué sirve en ICA

El CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) es el sistema con el que la DIAN, las cámaras de comercio y las administraciones municipales clasifican las actividades económicas. Cada actividad tiene un código de cuatro dígitos: las dos primeras corresponden a la división, las dos siguientes detallan grupo y clase. La vigente es la revisión 4 adaptada para Colombia (CIIU Rev. 4 A.C. 2020). No existe una versión «CIIU 2025».

Para ICA, el CIIU determina:

  • Tarifa aplicable: cada municipio asocia rangos de tarifa por mil a cada actividad.
  • Régimen tributario: ordinario, simplificado o preferencial dependiendo de la combinación CIIU + ingresos.
  • Formulario de declaración: el Formulario Único Nacional de ICA es obligatorio desde la vigencia 2020, y los municipios deben armonizar su clasificación de actividades con la CIIU que adopte la DIAN (art. 344 de la Ley 1819 de 2016, modificado por el art. 69 de la Ley 1955 de 2019).
  • Tarifa de ReteICA: cuando el agente retenedor consulta el CIIU del proveedor.

Tabla por divisiones CIIU y tarifa típica de ICA

Resumen orientativo de las divisiones más comunes. Por ley, la tarifa va del 2 al 7 por mil en actividades industriales y del 2 al 10 por mil en comerciales y de servicios (art. 342 de la Ley 1819 de 2016). Bogotá tiene un régimen especial y puede superar esos topes. La tarifa exacta depende del acuerdo de cada municipio.

División CIIU Actividad principal Tarifa típica (por mil)
01 a 03 Agricultura, ganadería, silvicultura, pesca Producción primaria agrícola, ganadera y avícola: no gravable (art. 259 D. 1333/86); silvicultura y pesca según el municipio
10 a 12 Industria de alimentos, bebidas, tabaco 4 a 7
13 a 15 Textiles, confecciones, cuero 4 a 7
19 a 22 Refinación, químicos, plásticos 5 a 8
25 a 30 Metalmecánica y maquinaria 4 a 7
41 a 43 Construcción y obras especializadas 4 a 7
45 a 47 Comercio al por mayor y menor 4,14 a 13,8 (Bogotá)
49 a 53 Transporte y almacenamiento 5 a 7
55 a 56 Alojamiento y servicios de comida Restaurantes (5611): 10 en Medellín y 13,8 en Bogotá
58 a 63 Información y comunicaciones 7 a 10
64 a 66 Actividades financieras y seguros Ley: 3 a 5 (art. 208 D. 1333/86); Bogotá: 14
68 Inmobiliarias 6 a 10
69 a 75 Servicios profesionales y técnicos 7 a 10
77 a 82 Servicios administrativos y de apoyo 5 a 10
85 Educación Establecimientos educativos públicos: no gravables (art. 259 D. 1333/86); p. ej. 8559 en Bogotá: 9,66
86 a 88 Salud y asistencia social Hospitales adscritos o vinculados al sistema nacional de salud: no gravables (art. 259 D. 1333/86); p. ej. 8621 en Medellín: 10
90 a 93 Esparcimiento, arte y juegos 8 a 13,8
94 a 96 Otros servicios 5 a 10

Casos ambiguos: dónde más se equivoca la clasificación

Cinco zonas grises que aparecen una y otra vez en revisiones municipales:

  • Comercio versus servicio: una empresa que vende software puede ser 4651 (comercio al por mayor de equipos) o 6201 (actividades de desarrollo de sistemas). En Bogotá el 4651 tributa 11,04 por mil y el 6201, 9,66 por mil.
  • Restaurantes con domicilios: 5611 (expendio en mesa) versus 5621 (catering para eventos) o 4711 (comercio en establecimientos). El servicio efectivamente prestado define el código.
  • Consultoría vs. servicios técnicos: 7020 (consultoría de gestión) versus 7111 (arquitectura) o 7112 (ingeniería y consultoría técnica). En Bogotá tributan 8,66 por mil (códigos distritales 70201, 71111 y 71121) y 7,66 cuando se ejercen como profesión liberal (70202, 71112 y 71122). En otros municipios la tarifa cambia.
  • Plataformas digitales: aplicaciones de marketplace pueden caer en 4791 (venta por internet) o 6312 (portales web) según el modelo de negocio.
  • Transporte propio vs. tercerizado: 4923 (transporte de carga por carretera) frente a 5210 (depósito y almacenamiento) cuando hay servicios mixtos.

Regla práctica para definir el CIIU correcto

Una secuencia de cuatro pasos resuelve el 90% de los casos:

  1. Revisar el RUT y la matrícula mercantil: el código registrado como actividad principal es el punto de partida. La actividad principal es la que genera el mayor valor de ingresos (art. 3 de la Resolución DIAN 000114 de 2020, hoy art. 1.1.5.2 de la Resolución DIAN 000227 de 2025).
  2. Confrontar con la actividad real: ¿la empresa hoy hace lo que dice el RUT? Si pivotó, hay que actualizar.
  3. Consultar el catálogo del municipio: cada estatuto trae su listado con tarifa asociada al CIIU.
  4. Documentar la decisión: dejar memorando interno explicando por qué se eligió un código y no otro, con base en ingresos por línea de negocio.

Ejemplo de cálculo según CIIU

Una empresa con dos actividades: 70% de ingresos por consultoría (CIIU 7020) y 30% por capacitación (CIIU 8559). Ingresos del periodo $200.000.000 en Bogotá. En el listado distrital, la consultoría de gestión es el código 70201.

  • Ingresos consultoría: $140.000.000 × 8,66 por mil = $1.212.400
  • Ingresos capacitación: $60.000.000 × 9,66 por mil = $579.600
  • ICA total del periodo: $1.792.000

Si la empresa hubiera reportado todo bajo 7020 (70201), habría pagado $1.732.000, dejando ICA por pagar y exponiéndose a sanción por inexactitud. Si hubiera reportado todo bajo 8559, habría pagado $1.932.000, pagando de más por una clasificación imprecisa.

Cómo SisteAcuse aporta a la trazabilidad por CIIU

El control RADIAN sobre facturas recibidas no fija el CIIU del cliente, pero sí refuerza la consistencia documental que el municipio cruza al auditar:

  • Identificación del proveedor: cada factura recibida queda con NIT y razón social, lo que facilita confirmar el CIIU del emisor cuando hay duda.
  • Reportes consolidados: la exportación a Excel (XLSX) de las facturas recibidas, filtrable por NIT del emisor, permite alimentar matrices de clasificación por actividad.
  • Multi-empresa: gestionar varias empresas desde una sola cuenta (el plan Contador Max incluye 50) reduce errores cuando el contador alterna entre clientes con clasificaciones diferentes. SisteAcuse no guarda ni valida el CIIU de cada empresa.

Próximos pasos

Antes del próximo cierre, valide el CIIU de cada cliente contra su RUT y contra el ingreso real por línea de negocio. Use la guía pilar de ICA Colombia para confirmar tarifas por ciudad. Si su cliente opera en Bogotá o Medellín, los pasos específicos están en las guías de ICA Bogotá e ICA Medellín. Una clasificación bien fundamentada vale más que tres horas de discusión con un funcionario.